El Ministerio de Capital Humano ha impulsado dos reformas: el Decreto 342 y el Decreto 341.

De acuerdo al Decreto 342, el Ministerio de Capital Humano ha dado un paso trascendente para la libertad sindical. La reforma garantiza el respeto a la autodeterminación de las asociaciones sindicales, ratificando el derecho de los trabajadores a elegir libremente sus dirigentes, al disponer la no intervención de las autoridades públicas en sus procesos electorales.

Por su parte, el Decreto 341, en consonancia con las políticas de desregulación del Estado y optimización del gasto público, y en razón de que ya se encontraban transferidos los servicios educativos a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece que son dichas jurisdicciones las que resultan empleadoras de los docentes de sus sistemas educativos, por lo que corresponde que sean éstas las que participen de las negociaciones en materia salarial educativa, a través del Consejo Federal.

Esta medida cumple con el mandato constitucional por el que los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son los responsables de planificar, organizar, administrar y financiar el sistema educativo de su jurisdicción.

Vale aclarar que las modificaciones dispuestas en este decreto no solo no afectan el normal desenvolvimiento del sistema educativo, sino que continúan garantizando el derecho a una educación de calidad, como establece la Constitución Nacional.